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Procedimientos sancionadores por derrame archivados. Se acreditó remediación efectiva del área y fallas en la imputación. Sin base legal ni técnica

Procedimientos sancionadores por derrame archivados. Se acreditó remediación efectiva del área y fallas en la imputación. Sin base legal ni técnica

Un conglomerado del sector hidrocarburos enfrentó procedimientos administrativos sancionadores simultáneos ante OEFA y OSINERGMIN derivados de un derrame de crudo en el área de operaciones de uno de sus ductos. La autoridad pretendía atribuir responsabilidad por daño ambiental y por incumplimiento de protocolos de respuesta a emergencias.

Ley N.° 26221 — Ley Orgánica de Hidrocarburos; Ley N.° 29325 — Ley del SINEFA; Normas de prevención y control de derrames del OSINERGMIN (OS-090).

DACORP acreditó que la empresa activó inmediatamente el Plan de Contingencia aprobado ante el OSINERGMIN, ejecutó la remediación del área afectada dentro de los plazos establecidos y que el derrame se originó por causas fortuitas (fatiga de material) no atribuibles a negligencia operativa. Se presentó pericia técnica de ingenieros de hidrocarburos que descartó el dolo o culpa grave.

Se identificaron contradicciones en los informes de OEFA respecto a la extensión real del área afectada y la metodología de muestreo utilizada. Parte de las imputaciones carecían de base legal expresa en el instrumento de gestión ambiental aprobado.

Ambos procedimientos sancionadores fueron archivados. La autoridad reconoció la efectividad de la remediación ejecutada y la ausencia de base legal y técnica suficiente para sostener las imputaciones formuladas.
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