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DACORP brinda asesoría legal ambiental a las industrias más importantes del Perú.
Un conglomerado del sector hidrocarburos enfrentó procedimientos administrativos sancionadores simultáneos ante OEFA y OSINERGMIN derivados de un derrame de crudo en el área de operaciones de uno de sus ductos. La autoridad pretendía atribuir responsabilidad por daño ambiental y por incumplimiento de protocolos de respuesta a emergencias.
Ley N.° 26221 — Ley Orgánica de Hidrocarburos; Ley N.° 29325 — Ley del SINEFA; Normas de prevención y control de derrames del OSINERGMIN (OS-090).
DACORP acreditó que la empresa activó inmediatamente el Plan de Contingencia aprobado ante el OSINERGMIN, ejecutó la remediación del área afectada dentro de los plazos establecidos y que el derrame se originó por causas fortuitas (fatiga de material) no atribuibles a negligencia operativa. Se presentó pericia técnica de ingenieros de hidrocarburos que descartó el dolo o culpa grave.
Se identificaron contradicciones en los informes de OEFA respecto a la extensión real del área afectada y la metodología de muestreo utilizada. Parte de las imputaciones carecían de base legal expresa en el instrumento de gestión ambiental aprobado.